TicketBAI
En el ejercicio 2022 entra en vigor el sistema TicketBAI en Álava. Por el que todas las actividades económicas deberán enviar y certificar sus facturas emitidas a la Hacienda de Álava.
Por lo que las personas físicas, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, deberán cumplir con las obligaciones derivadas de la Norma Foral 13/2021, de 21 de abril, por la que se establece la obligación de utilizar herramientas tecnológicas y del Decreto Foral 48/2021 del Consejo del Gobierno Foral de 5 de octubre por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la obligación TicketBAI.
La implantación de TicketBAI se hará de forma gradual desde las siguientes fechas:
- 01/01/2022 – Periodo voluntario.
- 01/04/2022 – Asesorías colaboradoras de Diputación Foral de Álava.
- 01/07/2022 – Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, y las actividades profesionales incluidas en la Sección 2ª de epígrafes de IAE.
- 01/10/2022 – Resto de contribuyentes.
Para los contribuyentes que opten por implantar de TicketBAI con al menos un mes de antelación a la fecha de implantación obligatoria, podrá beneficiarse del beneficio fiscal de aplicarse la deducción incrementada del 60%.
Dentro de la propia normativa que rige el sistema TicketBAI, se contemplan distintos casos en los que aun teniendo actividad económica, el contribuyente se le exonera directamente del cumplimiento del sistema TicketBAI. Además, existe la posibilidad de que por diversas circunstancias el contribuyente solicitara la exoneración del cumplimiento de la obligación de TicketBAI, pero en este caso, deberá ser a través de una resolución favorable de Diputación Foral de Álava a dicha solicitud de exoneración.
